MENORES DE EDAD TAMBIÉN PUEDEN ASOCIARSE A COOTRAEMCALI

 

Cootraemcali en concordancia con uno de sus lineamientos estratégicos denominado “Formación de Nuevos Líderes” y acorde a la necesidad de levantar nuevas generaciones comprometidas con el sector solidario quienes llevarán en el largo plazo las riendas de nuestra cooperativa, ha abierto sus puertas para que los menores de edad también puedan vincularse a la cooperativa, recibir sus beneficios y participar activamente en sus actividades.

 

Nuestro Estatuto Social en su ARTÍCULO 14. CONDICIONES PARA SER ASOCIADO, numeral 2 2. indica que podrán ser asociados de Cootraemcali “Menores de edad que hayan cumplido 14 años, o quienes sin haberlos cumplido se asocien a través de su representante legal, de conformidad con la reglamentación expedida por el Consejo de Administración”.

 

En ese sentido el Consejo de Administración mediante resolución N° 2-3/07 del 11 de agosto de 2018 aprobó el Reglamento para la vinculación de menores de edad como asociados a la cooperativa la cual entre otros aspectos establece las condiciones y requisitos para ser asociado menor de edad y los beneficios:

 

CONDICIONES  Y REQUISITOS PARA SER ASOCIADO MENOR DE EDAD

 

  • Los menores de edad que hayan cumplido 14 años, o quienes sin haberlos cumplido se asocien a través de su representante legal, de conformidad con el estatuto social y este reglamento. 
  • El menor de edad mayor de 14 años deberá estar representado o apadrinado por un asociado con parentesco familiar.
  • El menor de edad menor de 14 años deberá tener representación legal por sus padres o representación legal por orden judicial, los cuales deberán ser asociados.
  • El representante o representante legal del menor de edad deberá presentar registro civil o documento de identificación del menor donde demuestre el parentesco familiar, si es el caso probar de una u otra manera dicho parentesco.
  • Los aportes del menor de edad a la cooperativa a través de su representante o representante legal será como mínimo el cuatro por ciento (4%) del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), hasta 20 SMMLV, según el caso. Dicho aporte podrá ser quincenal o mensual de acuerdo al descuento o pago que realice el representante o representante legal.
  • Los aportes del menor de edad podrán ser devueltos hasta que cumpla la mayoría de edad si así lo desea, renunciando a la calidad de asociado o cuando siendo menor de edad su representante o representante legal solicite su retiro.
  • En caso que el representante o representante legal falleciera, los aportes del menor de edad pasaran en su totalidad a los beneficiarios del fallecido.
  • Cuando el menor de edad llegue a su mayoría de edad, se le aplicará el estatuto social vigente y los reglamentos que se tienen para la calidad de asociado mayor de 18 años.
  • En caso que el representante o representante legal llegase a retirar de la cooperativa o sea excluido, automáticamente el asociado menor de edad perderá la calidad de asociado.
  • Los créditos solicitados a nombre del menor de edad deberán hacerse a través de su representante o representante legal y se someterá a estudio por parte de la administración, cumpliendo con el reglamento de crédito de la cooperativa.
  • Las líneas de crédito autorizadas para el menor de edad serán exclusivamente para educación y/o para solidaridad.

 

BENEFICIOS PARA LOS MENORES DE EDAD QUE SE ASOCIEN

 

El menor de edad gozará de los servicios ofrecidos por Cootraemcali y tendrá derecho a los auxilios educativos (matricula en preescolar, básica primaria, bachillerato, técnico, tecnológico y superior, graduación en bachillerato, técnico, tecnológico y superior), auxilio para anteojos, cirugías visuales (correctivas) y auditivos, auxilio odontológico y de ortodoncia y auxilio de solidaridad, cumpliendo con los requisitos de los reglamentos establecidos para tal fin.

 

DESCARGA AQUÍ EL FORMULARIO DE VINCULACIÓN

 

Te esperamos en el Departamento de Bienestar Social y Mercadeo, Piso 3 de Cootraemcali.

PBX 3184040 EXT 156, 172, 190, 192